Sociedades de bienestar: radicalizar la transformación

Columnas Plebeyas

Uno de los aspectos centrales del proyecto de la cuarta transformación es la recuperación de las obligaciones sociales del Estado. Para significar este proceso la palabra “bienestar” fue sacada del arcón de los recuerdos en la que fue depositada durante el neoliberalismo y puesta en lo más alto de la semántica política del obradorismo.  

El propio presidente ha definido el bienestar como la protección social que debe acompañar a todo mexicano y mexicana “desde el nacimiento hasta la muerte, desde la cuna a la tumba” para que “nadie viva con miedos, con temores y que nadie sufra por pobreza”. La ruptura con el régimen neoliberal es fácilmente identificable. En contra de la ideología individualista que privatiza los efectos y costos de la vida social, el Estado se asume como garante de la solidaridad social, ofreciendo un piso común de acceso a derechos.  

Sin embargo, aunque actualmente se ha empleado la palabra “bienestar” para adjetivar este proceso de reforma del Estado, considero que reducirla a un simple atributo estatal limita el surgimiento de una agenda mucho más amplia y radical de transformación. En este sentido, creo que es más conveniente hablar de “sociedades de bienestar”. No se trataría sólo de adaptar las instituciones públicas para que cumplan esta función de protección, sino de poner al bienestar como un valor social central y una responsabilidad colectiva compartida. En esta responsabilidad el Estado está llamado a ocupar un rol preponderante, pues es la organización que actúa en nombre de todos, pero este papel no le es exclusivo. De poco servirá tener instituciones públicas al servicio del bienestar si tienen que actuar en una sociedad en la  que el egoísmo y la preservación de privilegios sigue estructurando nuestras relaciones de convivencia.   

Hablar de “sociedades de bienestar” tiene como ventaja que permite captar e incorporar a instituciones sociales (no estatales, pero tampoco privadas) y que de alguna manera cumplen con funciones de protección. Así, por ejemplo, formas de organización como las cooperativas y mutuales, asociaciones colectivas básicas como las comunidades e incluso las familias, cumplen en los hechos funciones de protección social y pueden pensarse como “agentes de bienestar”.

La posibilidad de una agenda que articule y alinee a toda la red de protección dispersa en la sociedad puede contribuir a transitar a sociedades basadas en la justicia. El Estado no debe verse como una simple red de contención respecto a lo que la sociedad excluye y abandona, sino como una herramienta de transformación profunda para que podamos habitar en sociedades que garanticen en todas sus escalas una vida digna a sus miembros.

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