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Transformaciones legislativas para las mujeres

Es innegable que es tiempo de mujeres en México. Antes de iniciar este sexenio, sólo habíamos tenido nueve mujeres ocupando el cargo de gobernadoras en la historia de nuestro país, mismo número que tenemos actualmente; los gabinetes tenían dos o tres secretarías de Estado,[1] ahora son diez —más de la mitad y muy por encima del promedio mundial, que apenas toca el 22.8%—. México además es uno de los cinco países del mundo en los que existe paridad en el poder legislativo a nivel federal[2] e incluso a nivel local los estados, en promedio, han alcanzado paridad.[3] Hace poco más de un lustro difícilmente habríamos augurado que la presidencia se jugaría entre dos mujeres. No cabe duda de que las cosas se han transformado.

La participación de las mujeres en la política se ha traducido en la ampliación de derechos. Si bien este texto no pretende hacer un listado exhaustivo de todas las reformas del poder legislativo en esa dirección, sí busca analizar casos específicos que ejemplifican los beneficios derivados de que la mitad de la población tenga una representación justa en la esfera pública. En específico, los siguientes párrafos ofrecen un análisis de los avances parlamentarios cuyo objetivo central ha sido atender dos de las demandas más importantes para el feminismo mexicano actualmente: la erradicación de la violencia en contra de las mujeres y la autonomía.

Así como el sufragio femenino aglomeró y organizó a las feministas mexicanas durante la primera mitad del siglo pasado, la exigencia de erradicar la violencia es quizá la demanda concreta que hoy une y masifica a la lucha feminista en nuestro país. Asimismo, la autonomía (reproductiva y económica, principalmente) ha sido una constante imprescindible en la agenda feminista durante más de un siglo.

Además del contexto histórico y político del movimiento feminista, es relevante añadir que, si bien las demandas feministas no siempre han sido las protagonistas de la narrativa de estos últimos cinco años, los avances en esta materia son incuestionables. Esto no significa que no haya trabajo pendiente por hacer, la legalización de la interrupción legal del embarazo (ILE) a nivel federal y la aprobación del Sistema Nacional de Cuidados (SNC) por el senado son dos pendientes que aún deben atenderse. Sin embargo, también es cierto que varias de las demandas del movimiento han encontrado un terreno fértil para su materialización gracias a muchas de las y los legisladores federales y locales de la cuarta transformación.

A nivel local, diez estados han legalizado la ILE y el país entero ha tenido que despenalizarla por una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitida el 6 de septiembre de 2023.[4] En el caso de los casos aprobados por congresos locales, esto se debe en primer lugar a una intensa lucha por parte de colectivos y mujeres organizadas que ha sido escuchada y concretada por las y los legisladores de la actual administración, pues los nueve casos parlamentarios en favor de la ILE que han sucedido en este sexenio han sido encabezados por bancadas morenistas.

Otro ejemplo concreto de uno de los congresos locales es la aprobación de la ley “El agresor sale de casa”, en la Ciudad de México. Esta iniciativa de reforma enviada por la entonces jefa de gobierno Claudia Sheinbaum, impulsada por Morena en el congreso local, plantea que por encima del derecho a la propiedad privada se pone el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Esto permite que si un juez dictamina que una mujer está en peligro por la violencia doméstica ejercida en su contra, será ella —y, en caso de tenerlos, también sus hijos e hijas— quien permanezca en la vivienda, independientemente de si es dueña de la propiedad o no.

A nivel federal quizá el logro más trascendental en materia de derechos de las mujeres en este periodo del legislativo ha sido la aprobación de la reforma a los artículos 38 y 102 de la constitución, con lo que se eleva a rango constitucional la “Ley 3 de 3 contra la violencia”.

Esta medida prohíbe que personas con sentencias de varios tipos de violencia, mayoritariamente cometidas en contra de las mujeres, compitan por cargos de elección popular o trabajar en el servicio público, y fue incluida en una serie de reformas de diversos temas aprobadas en una sesión nocturna en una sede alterna al senado que causó polémica en abril de este año. Lo anterior luego de que los senadores de oposición se empeñaran en frenar cualquier intento de trabajo legislativo proveniente de Morena y sus aliados. Las reformas abarcaron la desaparición de instituciones como el Instituto Nacional de Salud para el Bienestar (Insabi) y Financiera Rural, cambios en la ley de ciencia y tecnología, y reformas a la Ley Minera para proteger a la población y al medio ambiente de las grandes extractoras.

El decreto entró en vigor a inicios de septiembre de este año y el segmento más relevante dice lo siguiente:

Artículo 38

V. Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal;

VI. Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión, y

VII. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.[5]

A pesar de que la “Ley 3 de 3” en lo general parece positiva para acelerar la consolidación de un acuerdo social que reconozca y erradique la violencia en contra de las mujeres en sus diferentes modalidades, existen algunas preocupaciones legítimas sobre posibles abusos y limitaciones de este tipo de determinaciones legislativas. El primero es que sea instrumentalizada para ganar batallas políticas, como se discute en el texto de Karla Motte sobre violencia política de género incluido en este mismo número. La segunda es que, si bien estos mecanismos buscan que los agresores se responsabilicen de sus actos, no plantea —y el movimiento feminista tampoco lo está discutiendo actualmente— la posibilidad de un modelo de justicia restaurativa en la cual al menos los perpetradores de cierto tipo de agresiones puedan reparar el daño y, eventualmente, recuperar sus derechos políticos y electorales. Esto es especialmente grave, pues con otros delitos sí hay un camino de restitución de dichos derechos.

Siendo conscientes de lo mucho que falta por hacer, de las limitaciones, deudas y desafíos a los que se enfrenta el poder legislativo, también es imposible pensar en otro periodo histórico en donde las mujeres hayamos logrado ampliar nuestros derechos en esta magnitud. Esto es un triunfo del movimiento feminista, pues logró infiltrarse de manera pacífica y democrática al poder, mismo del que históricamente habíamos sido excluídas. Es al mismo tiempo un triunfo de la cuarta transformación, pues hasta ahora Morena ha sido el único partido capaz de enriquecer su plataforma política con la agenda feminista. Para decirlo de otra manera, esa fuerza es el único partido que tiene un grupo amplio de feministas organizadas impulsando políticas públicas que mejoran la vida de las mujeres mexicanas.

Las mujeres, a quienes injustamente se les ha llamado “floreros” y “títeres”, han logrado materializar demandas históricas que hoy son derechos de mujeres y niñas.


[1] Vicente Fox terminó su sexenio con una secretaria, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto con tres con tres.

[2] Naciones Unidas, “Hechos y cifras: Liderazgo y participación política de las mujeres”, (2023). Disponible en:

https://www.unwomen.org/es/what-we-do/leadership-and-political-participation/facts-and-figures

[3] IMCO, “Paridad y composición de los congresos estatales”, (2022). Disponible en:
https://imco.org.mx/paridad-y-composicion-de-los-congresos-estatales/

[4] Legalización de la ILE hasta las 12 semanas de gestación por congresos locales encabezados por Morena: Ciudad de México (2007, por el PRD), Oaxaca, Baja California, Veracruz, Colima, Hidalgo, Guerrero, Baja California Sur, Sinaloa, Quintana Roo.

[5] Diario Oficial de la Federación del 29 de mayo de 2023. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5690265&fecha=29/05/2023#gsc.tab=0

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