Ordena TEPJF al Comité del Poder Judicial continuar proceso de evaluación

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Tras 15 días de rebeldía, el comité evaluador del Poder Judicial deberá reiniciar sus actividades por orden del Tribunal Electoral y habrá denuncia para el juez que concedió la suspensión

Fuente: TEPJF

CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Comité de Evaluación del Poder Judicial continuar sus actividades incositucionalmente suspendidas para las elecciones judiciales.

Luego que el pasado siete enero del presente año, dicho comité acordara suspender sus labores de evaluación para aspirantes del Poder Judicial a las elecciones en puerta, el máximo tribunal electoral dio 24 horas para reactivar su proceso.

En la citada fecha, el comité consideró vinculante el amparo concedido por el Juzgado Primero de Distrito en Michoacán, a pesar de que dicho recurso no es aplicable para reformas constitucionales aprobadas, y que es el Tribunal, la autoridad máxima en materia electoral.

Tras 15 días de retrasar sus responsabilidades, el Comité del Poder Judicial tendrá que acatar la resolución del TEPJF, que este día, en sesión del Pleno, aprobó el proyecto de la magistrada presidenta Mónica Soto para que se reinicien las actividades de evaluación.

La resolución con votos a favor de la magistrada presidenta, Felipe de la Mata, Felipe Alfredo Fuentes, y en contra de la magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez, además instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que presente una denuncia ante la Fiscalía General de la República, en contra del juez primero de distrito en Michoacán, Sergio Santamaría.

En alusión a este juez la magistrada presidenta declaró:

“Quisiera reiterar que en este Pleno se ha resuelto aceptar que no hay duda respecto de nuestras competencias, creo que eso ha sido manifestado por los cinco integrantes, no hay duda que este Tribunal es última instancia en materia electoral y tampoco hay duda respecto de que no podemos obedecer órdenes de autoridades incompetentes, en este caso menores también”.

Asimismo, el magistrado Felipe Fuentes Barrera consideró que el comité evaluador del Poder Judicial, cometió un error al suspender unilateralmente sus actividades acatando la resolución inconstitucional de un juez:

“La base jurídica de la que parte el Comité del Poder Judicial de la Federación para suspender el procedimiento correspondiente es incorrecta porque la decisión de un juez de distrito a través de un procedimiento de amparo no puede tener eficacia jurídica en materia electoral. El juez de distrito pretende aplicar una ley por encima del mandato constitucional que tiene esta Sala Superior, es más diría yo, pretende imponer una norma jurídica individualizada como es una resolución por encima de lo que mandata la Constitución, afectando desde luego el orden e interés público”, comentó el magistrado Felipe Fuentes Barrera.

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