Lo que hay que saber del Plan B de la Reforma Electoral

Columnas Plebeyas

Ayer en el Senado se aprobó la ley electoral conocida como el Plan B en lo general con 69 votos a favor, 53 en contra y 0 abstenciones. El Plan B –que es una reforma legal y no constitucional– fue la segunda fase de una estrategia política, a sabiendas de que Morena y aliados no contaban con los votos para reformar la Constitución.[1]

La iniciativa de reforma legal del presidente López Obrador se divide en tres secciones que buscan abordar la mayoría de los temas propuestos en la reforma constitucional: Derechos político-electorales, Sistema Nacional Electoral y Justicia Electoral. Sin embargo, para el propósito de este texto, divido en tres pilares de nuestro sistema electoral que se buscan alcanzar con esta reforma a varias leyes en materia electoral.

Mejoras al sistema electoral

  1. Se establecen límites a las acciones que han sido calificadas como arbitrarias por parte del INE y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre interpretaciones ajenas a la ley que limitan la libertad de expresión y los constitucionales, en específico los garantizados por el Artículo 41 de la Constitución. Los casos más claros han sido el de la senadora, Antares Vázquez y la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum.
  2. En 2021, el INE le negó el registro de candidatura a Félix Salgado Macedonio y a Raúl Morón para Guerrero y Michoacán, correspondientemente, decisión que fue avalada por el TEPFJ. Lo anterior por no haber entregado a tiempo el informe sobre los gastos de precampaña. La reforma legal dictamina que las sanciones sean proporcionales a las conductas y no se usen como armas antidemocráticas para negar derechos constitucionales.
  3. Se especifica explícitamente que la entrega de dádivas, bienes o servicios, así como incurrir en presiones o condicionamientos del voto son delitos electorales.  
  4. Se moderniza y actualiza el sistema de medios de impugnación –incluyendo el juicio en línea–.
  5. Las autoridades electorales no pueden condicionar el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía al solicitar requisitos adicionales a los que expresamente determinan la Constitución y la ley. El caso de la periodista Alina Duarte, quien fue citada en múltiples ocasiones por el INE por su participación ciudadana en la promoción de la Revocación de Mandato, lo cual está protegido por la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Ampliación de derechos

  1. Se garantiza el derecho al voto para las personas residentes en el extranjero, cuestión que el IFE/INE nunca ha podido lograr.

En las elecciones intermedias de 2021, por ejemplo, de las decenas de millones de mexicanos que viven en el extranjero, el INE reportó que únicamente de 33.7 mil personas se registraron para votar y únicamente 5,623 votaron. Lo anterior porque los procesos electorales son complicados y existe muy poca información y porque muchos mexicanos en el extranjero no cuentan con su INE vigente, por lo que ahora con la reforma, los y las migrantes podrán votar con su INE, pasaporte o con su matrícula consular.

  • Se garantiza el derecho al voto a las personas con discapacidad. La ley prevé que, incluso si es necesario, funcionarios del INE deberán trasladarse a los domicilios de aquellas personas con discapacidad que no puedan acudir a las casillas.
  • Se garantiza el voto a personas en prisión preventiva. Recordar que las personas en prisión preventiva no tienen aún una sentencia por lo tanto se debe garantizar su derecho al voto. De hecho, existe ya una sentencia del TEPJF que obliga al INE a hacer pruebas pilotos del 2019 al 2024 para garantizar este derecho, sin embargo, las pruebas que ha hecho el INE no han sido suficientes. Esta ley busca que se cumpla con lo que ya se le había mandatado al INE. 
  • Se garantiza la paridad de género y se incorporan acciones afirmativas para garantizar representación de grupos históricamente marginados como afromexicanos, personas con discapacidad, personas de la diversidad sexual.

Austeridad

En este punto es importante mencionar que México tiene uno de los sistemas electorales más onerosos del mundo. Por ejemplo, en México una elección cuesta $480 pesos por persona, mientras que el costo en EE. UU. es de $224 y en Brasil de $244. Con la reforma aprobada ayer, se espera ahorrar 3,605 millones de pesos. Otro dato importante en esta materia es el crecimiento de 409% del presupuesto del Instituto. En 1999, el presupuesto del IFE era de 13,00 millones de pesos y en 2018 el INE recibió 68,300 millones de pesos, mientras que el incremento poblacional en esos 19 años fue únicamente de 28%.

  1. Probablemente lo más relevante en esta materia es que se compactarán y optimizarán las estructuras burocráticas, sobre todo aquellas que duplican trabajo. Por ejemplo, cuando se reformó el IFE y nació el INE, en teoría le otorgaban facultades al INE para organizar elecciones en los estados, sin embargo, se mantuvieron las estructuras de los Organismos Públicos Locales (OPL) para el mismo propósito. También se reducen algunas salas de las autoridades judiciales con el fin de hacer más eficiente y menos oneroso el aparato judicial electoral.
  2. Hay dos fideicomisos millonarios (uno con 235 mdp y otro con 40 mdp) los cuales se reintegrarán al erario. Este dinero se usará para pagar las indemnizaciones emanadas de esta reforma.
  3. Los sueldos consejeros y magistrados deberán ser menores a los del presidente como se estipula en el Artículo 127 de la Constitución y que está siendo violado por consejeros y magistrados mediante un amparo.
  4. Se reduce considerablemente el Servicio Profesional Electoral Nacional.

Es importante mencionar que esta ley no será aplicable en las elecciones del Estado de México y de Coahuila en 2023, sino hasta las elecciones del 2024.

Es relevante también aclarar algunas mentiras que se plantearon en la sesión de ayer en el senado. Por ejemplo, el senador del PAN, Julen Rementería, mencionó que le parece indigno avalar la desaparición de las 300 juntas distritales, cuando esto no viene en la ley. Lo que plantea la ley es que los Órganos Distritales pasen de un estatus permanente a uno temporal para disminuir de 300 a 260 durante periodo no electoral. En periodo electoral, todos los órganos funcionan de manera normal. Por otro lado, la senadora priista, Claudia Ruiz Massieu, aseguró que esta reforma dará “ventajas indebidas al partido oficial” sin explicar cómo podría suceder esto.

Hay una cuestión de la reforma que se incluyó en la madrugada –que no venía en la iniciativa original y agregaron el PVEM y el PT–, que considero totalmente inadecuada: la disposición que autoriza transferir los votos a los partidos pequeños en candidaturas comunes.


[1] En Sentido Común tenemos un número completo sobre la Reforma Electoral: https://sentidocomunmx.com/revista/portada/0-la-era-de-las-urnas/

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