El 8 de agosto el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo en su conferencia de prensa matutina que presentaría una reforma legal para transferir por completo la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). En realidad, la ruta por la cual la GN se integraría a la Sedena se anunció casi un año antes, en un evento que los medios de comunicación no consideraron de interés periodístico: la creación de la comandancia del ejército. La reforma legal enviada por el presidente el 1 de septiembre no es resultado de la improvisación, sino de un proceso que constituirá la mayor reestructuración de la Defensa desde su creación, en 1937. La reforma dotará de una solidez institucional a la GN con la que ninguno de los experimentos institucionales pasados (Policía Federal Preventiva, Policía Federal, Gendarmería) contó jamás. A pesar de los presagios en contra, habrá GN para rato. Aclaremos el debate y discutamos la reforma aprobada, pues implica la creación de una corporación militar distinta al ejército y sujeta a una normativa diferente.
Las más de las veces se suele hablar sin distinción alguna de la Sedena y el ejército, como si fuesen la misma cosa. Más allá de pruritos semánticos, la aclaración es necesaria para entender los términos en los que la GN se integrará a la dependencia federal, y una vez hecho esto será posible sostener el urgente e impostergable debate sobre las relaciones cívico-militares en una república. Por ejemplo, en un valioso artículo de Lilian Chapa sobre los escenarios imprevistos de una Guardia Nacional militar se señala que “si la intención del presidente es asignarle al ejército funciones permanentes de seguridad pública, con sus nuevas responsabilidades vendría necesariamente también un escrutinio para los militares”. Comparto la exigencia de escrutar permanentemente a una corporación militar de nueva creación. Si bien el artículo fue escrito días antes de conocerse el contenido de la iniciativa de reforma, adolece de confusiones que ya habían sido esclarecidas y que, en mi opinión, han empantanado la conversación pública. Es necesario decirlo claro y sin ambages: ni el ejército adquirirá funciones policiacas ni, como advirtió Carlos Pérez Ricart, se desnaturalizará, quitándole así “su razón exclusiva de seguridad nacional para volverse la única institución federal encargada de tareas de seguridad pública”. Ambas opiniones pasan por alto los eventos de hace un año. Volvamos a ellos.
En una ceremonia ocurrida el 13 de septiembre de 2021 en el Campo Marte se celebró la creación de la comandancia del ejército mexicano. ¿Qué significa esta reforma administrativa aparentemente inconsecuente y meramente nominal? Hasta hace un año, las dos fuerzas armadas adscritas a la Sedena, el ejército y la fuerza aérea, no estaban homologadas entre sí. La Defensa Nacional, en particular su Estado Mayor, asumía funciones internas del ejército, mismas que sí estaban debidamente asignadas a la fuerza aérea. Así, la recién creada comandancia del ejército asumirá las funciones de: desarrollo de la fuerza, generación de doctrina, adiestramiento, equipamiento y control administrativo. En ese mismo evento el presidente mencionó que a aquella reforma le seguiría la creación de la comandancia de la GN, siempre y cuando el congreso aprobara la iniciativa. El resultado lo conocemos, pero no necesariamente se entiende a cabalidad. Hoy, tres fuerzas armadas dependen de la Sedena: el ejército, la fuerza aérea y Guardia Nacional. Las tres tienen el mismo rango y todas tienen su propia comandancia, lo cual significa que son capaces de llevar a cabo de manera independiente todas las tareas necesarias para cumplir sus misiones.
¿Cuáles serán las funciones de la comandancia de la Guardia Nacional?
- El ingreso, formación, capacitación, especialización y profesionalización del personal de la Guardia Nacional en el ámbito de los ejes de formación policial, académica y axiológica, conforme a la normatividad en materia de desarrollo policial.
- La capacitación permanente del personal de la Guardia Nacional en el uso de la fuerza, cadena de custodia y respeto a los derechos humanos.
Esto quiere decir que la GN reclutará y capacitará personal de manera independiente tanto del ejército como de la fuerza aérea, y lo hará de acuerdo a sus propios objetivos. Podría pensarse, como de hecho muchos críticos lo han hecho, que estos cambios son meramente cosméticos y que al final los elementos de la GN habrían sido reclutados por el ejército y formados como soldados. Esto es cierto hoy, pues cerca del 90 por ciento de los elementos que componen la GN fueron en su momento reclutados por el ejército y adiestrados como soldados. Sin embargo, desde 2019 han sido recapacitados como policías y dejarán de servir en el ejército para trabajar en la GN. En lo sucesivo, los nuevos reclutas de la GN jamás recibirán un entrenamiento como soldados, puesto que la ley establece que el carácter de la GN será no bélico. A largo plazo, el 100 por ciento de los integrantes de la GN, inclusive los mandos, habrá sido reclutado por esta corporación y jamás recibirá entrenamiento de soldado, sino de policía. Así mismo, las armas de uso exclusivo del ejército no podrán ser utilizadas por la GN, y ésta estará sujeta a la ley de uso proporcional de la fuerza. La creación de las comandancias tanto del ejército como de la GN abre, de hecho, la posibilidad de que en un plazo razonable el ejército deje de realizar tareas de seguridad pública, encargándose de esto únicamente la GN. Esto también implica que el ejército mexicano reducirá casi a la mitad su tamaño actual. Finalmente, es preciso señalar que el arreglo institucional que se ha elegido no es necesariamente atípico: muchas policías militarizadas alrededor del mundo tienen modelos análogos. En el caso de México, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) será la encargada de diseñar la política de seguridad pública y de coordinar el gabinete de seguridad, mientras que quien ejecutará dicha política será la comandancia de la GN. Evaluemos, en su momento, los resultados de este diseño.
No cabe duda: institucionalmente la GN será sólida y duradera. Sin embargo, ello no implica, necesariamente, que su desempeño como corporación policial disminuya el alarmante índice de homicidios, puesto que ello depende también de otros actores (como las policías locales, fiscalías, poder judicial). Tampoco implica que su actuar cotidiano esté exento de abusos y violaciones a los derechos humanos. Para evitarlo, se deberá escrutar y castigar a los responsables cuando así ocurra, puesto que los integrantes de la GN no estarán fuera del alcance de la justicia civil. La sola existencia de la GN, como cualquier otra corporación armada, sea civil o militar, crea una asimetría de poder entre los ciudadanos armados y no armados, cosa que entra en tensión con principios republicanos. Por ello debe estar sujeta a los mayores controles democráticos. Discutamos sobre hechos, no sobre consignas.