TEPJF publica proyecto de resolución presidencial: se prevé desestimar demanda de Gálvez

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El TEPJF ha publicado el proyecto de resolución emitido por la Comisión Especial para evaluar la validez de la elección presidencial.

CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha publicado el proyecto de resolución emitido por la Comisión Especial para evaluar la validez de la elección presidencial. Esta comisión está integrada por los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes Barrera, concluyó sus trabajos con la publicación del proyecto que busca resolver los juicios de nulidad presentados contra la elección presidencial.

A través de su cuenta en X, el TEPJF informó que se prevé desestimar la demanda presentada por la excandidata Xóchitl Gálvez, debido a la falta de interés jurídico. El tribunal explicó que la pretensión de la excandidata de oposición era presentar consideraciones para la validación de la elección, sin embargo, no solicitó la nulidad de la misma ni presentó evidencia que demostrara cómo se afectaron sus derechos políticos.

“Xóchitl Gálvez carece de interés jurídico y, por tanto, su demanda es improcedente, pues de forma expresa señala que su pretensión no es la nulidad de la elección presidencial, además de que no presenta agravio alguno que demuestre una afectación a sus derechos”.- Indicó el TEPJF.

Por otro lado, los partidos de la coalición “Fuerza y Corazón por México”, conformada por el PAN, PRI y PRD, sí buscan la nulidad de la elección. No obstante, la comisión consideró “infundada” esta solicitud.

El proyecto también aborda alegatos de violencia generalizada y una supuesta intervención de sindicatos mediante la coacción del voto. Sin embargo, ambos puntos fueron considerados infundados por la comisión, al no encontrar pruebas que acrediten las infracciones señaladas.

Otros agravios incluyeron al presidente Andrés Manuel López Obrador, alegando un presunto uso indebido de recursos públicos y la intervención indebida de servidores públicos en 34 mañaneras, una entrevista en Canal Red y otras intervenciones. Sin embargo, los magistrados determinaron que no es posible acreditar una intervención sistemática del Ejecutivo Federal ni de los otros servidores señalados.

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