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Gestación subrogada: la industria de compraventa de seres humanos

Existen tantos factores de vulnerabilidad que convergen en la subrogación de vientres que incluso elementos como la guerra ponen en riesgo los derechos de las niñas y niños que nacen por esta vía.

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Es probable que muchas de las personas que lean este artículo también hayan leído o escuchado sobre uno o más casos de personas de la industria artística nacional o internacional que han tenido a sus hijas e hijos por vía de subrogación, o tal vez conocerán la historia de alguna mujer que ha tenido hijas o hijos a favor de amigas, amigos o familiares que carecen de la capacidad de reproducirse, pero ¿existe otra cara de la moneda que sea distinta a las experiencias llenas de glamour o amor desinteresado?, ¿vale la pena dar esta discusión?

La gestación subrogada es un contrato mediante el que una mujer decide gestar a un ser humano a favor de un individuo o una pareja, empleando el material genético de la madre o padre por comisión, o incluso su propio material genético en el caso de que los contratantes no puedan proporcionarlo.

El estudio de este fenómeno relativamente nuevo en las sociedades suele tomar dos caminos: el que está a favor de su legalización y el que estima necesaria su prohibición, perspectivas que se analizan bajo la lupa del «derecho» que tienen estos individuos o parejas a ser padres y madres, respaldando este «derecho a la descendencia» en el que tenemos todas las mujeres a decidir sobre nuestro propio cuerpo.

Sin embargo, existen diversos derechos humanos estrechamente vinculados entre sí que se ponen en riesgo o se niegan del todo durante un contrato de gestación subrogada —si es que dicho convenio siquiera llega a plasmarse en un documento cercano a un contrato—, como lo son el derecho a la vida, la salud y la libertad de las mujeres, así como el interés superior de las niñas y niños que nacen bajo este tipo de contratos. Ninguno de estos derechos puede garantizarse plenamente durante una gestación subrogada ni como producto de ella.

Entonces, ¿cómo puede establecerse en las leyes del país un hecho que por sí mismo pone en riesgo el uso, goce y ejercicio de derechos humanos tan esenciales?
En México sólo cuatro entidades han adoptado en sus legislaciones la gestación subrogada: Tabasco y Sinaloa lo hicieron a favor de que dichos contratos sean legales en sus entidades, mientras que Coahuila y Querétaro se decantaron por la prohibición absoluta.

Pese a que la intención de las legislaciones que permiten la gestación subrogada tenía la intención de reglamentar de forma eficiente este tipo de contratos, lo que en realidad sucedió fue que se cuenta con dos marcos legales ineficientes e insuficientes, puesto que se restringen a contemplar el ámbito civil de quienes pueden solicitar una gestación subrogada, así como los procedimientos para registrar legalmente a las niñas y niños nacidos bajo tal contrato, dejando de lado los derechos y obligaciones mínimos en materia de salubridad y seguridad social tanto para los contratantes como para la madre subrogante.

Dado que entender las complejidades de la gestación subrogada parte de observar que no existe un único contexto en el que se realice, con autorización compartiré el caso de Rosa, cuyo nombre modifico a fin de proteger su identidad.

Rosa realizó una serie de gestaciones por subrogación en Oaxaca, entidad en la que no se encuentra reglamentada esta práctica. Se condujo a través de una agencia de subrogación de vientres, la cual se encargó de explicarle el procedimiento, así como los beneficios monetarios que tendría como pago a cada embarazo, que oscilaba entre 70 mil y 100 mil pesos nacionales, dependiendo de la clase de parto que tuviera.

Ella perteneció a y vivió en una comunidad indígena durante toda su vida, siendo la responsable del mantenimiento de su familia, integrada por su madre y su hermana menor. Se sostenía vendiendo comida típica en la plaza principal de su municipio, por lo que cuando la agencia de subrogación se presentó ante ella con una oferta monetaria tan grande, accedió a firmar un único contrato que nunca le fue entregado físicamente.
En un periodo de cinco años gestó de forma subrogada a cuatro niños, teniendo un embarazo gemelar en su penúltima ocasión. Llegó a término de manera satisfactoria en todos sus embarazos y entregó a los menores a dos parejas extranjeras y una nacional. Durante su último embarazo fue elegida por los padres subrogantes exclusivamente por sus características físicas, pidiéndole que ella proporcionara su material genético.

Durante todos sus embarazos Rosa tuvo que guardar estrictos cuidados: no podía mantener relaciones sexuales, tenía que acudir a citas médicas cada 20 días, debía comunicarse dos veces por día con los padres contratantes, quienes podían asistir a su domicilio sin aviso previo para inspeccionar, tenía que avisar a los contratantes cuando saliera de su comunidad por varios días, además de que no podía contraer matrimonio durante el tiempo de su gestación.

Durante el último embarazo presentó síntomas tempranos de preeclampsia, los cuales fueron atribuidos a que se concretó sólo cuatro meses después de su última gestación, por lo que el médico tratante de la clínica de subrogación simplemente le indicó reposo. Antes de la inseminación, Rosa expresó sus preocupaciones por cursar otro embarazo tan poco tiempo después de su último parto, pero fue amenazada con la rescisión de su contrato en caso de no acceder, por lo que al ser su fuente primordial de ingresos continuó con el procedimiento. Falleció unas semanas después de los primeros síntomas.

La gestación subrogada no puede ser analizada sin hacer un estudio transversal de los derechos que impacta y cómo esto se ve atravesado por factores de género, pobreza y origen étnico, que actúan en mayor medida contra las mujeres más vulnerables. Pese a los avances logrados, México sigue siendo un país extremadamente desigual contra las mujeres.

A este contexto nacional es necesario añadir el internacional: una buena cantidad de padres y madres extranjeros llegan a México en busca de un paraíso para la subrogación, hecho notorio desde 2012, cuando India —que entonces era el país en el que se realizaban más gestaciones subrogadas— impuso restricciones severas a las personas extranjeras y a las parejas homosexuales que acudían a ese país para comprar una hija o hijo nacido de tal forma.

Posteriormente, Tailandia realizó la misma modificación legal en 2014, estableciendo restricciones severas para personas extranjeras tras evaluar que un gran número de mujeres jóvenes realizaba gestaciones subrogadas con un alto índice de mortalidad.
En contraste, Suecia, que es uno de los países con menores grados de violencia contra las mujeres y cuya normatividad ha cobrado relevancia por su aspecto específico a favor de la protección de sus derechos, prohíbe todo tipo de procedimientos de subrogación materna, altruista o comercial, a fin de detener la explotación de las mujeres gestantes, añadiendo un factor adicional: la gestación subrogada debe ser considerada como un factor que abona al tráfico de menores.

Existen tantos factores de vulnerabilidad que convergen en la subrogación de vientres que incluso elementos como la guerra ponen en riesgo los derechos de las niñas y niños que nacen por esta vía, tal como sucediera en Ucrania, donde en 2022 varios menores vivían refugiados en un sótano porque no podían ser entregados a sus padres o madres contratantes como consecuencia del conflicto bélico.

Como ya hemos visto, existen diferencias sustanciales entre los riesgos que enfrenta una mujer subrogante de clase media y que tiene acceso a hospitales y atención médica continua y de calidad, y las vulneraciones que enfrenta una mujer indígena, pobre, que vive en lugares aislados y que no tiene la debida atención médica. ¿La legalización de la maternidad subrogada eliminará tales brechas o someterá a las mujeres a mayores violencias?

La gestación subrogada ha sido vista en las últimas fechas como un modelo eficiente e incluso noble mediante el que una mujer ayuda a otras personas a tener descendencia, pero detrás de estos actos de entrega y devoción —que nuevamente pasan cuenta a las mujeres— existe toda una industria que compra y vende seres humanos.
Repito: una industria que compra y vende seres humanos.

Precisamente en eso radica este nuevo modelo de esclavitud: en entrar a un sitio, ver las fotos de las mujeres disponibles, dar clic en la imagen deseada y pagar por el uso de su cuerpo a cambio de un ser humano; pero si este proceso se ahorra y la mujer decide no cobrar por una gestación que siempre implica un riesgo, la tarea es aún más loable, porque ese «altruismo» sacia los estándares de una sociedad machista en la que una mujer vale por lo que sacrifica y no por quien es.

Mientras las sociedades continúen siendo desiguales para las mujeres y mientras esas desigualdades tengan un impacto más profundo cuando en ellas convergen la pobreza, el miedo, la falta de información, las amenazas y un sinnúmero de violencias, toda legalización de gestación subrogada simplemente será el combustible que avive la demanda de una industria cuyos fines aún no terminamos de conocer.

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