¿Qué intereses defiende el fallo de la Suprema Corte contra la Ley Eléctrica?

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La SCJN concedió el amparo a 6 empresas privadas del sector eléctrico y la sentencia tendrá efectos generales para otros participantes del mercado, dejando al Estado como un mero supervisor

CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común). –  La decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, de conceder un amparo contra la Ley Eléctrica aprobada por el Congreso en 2021, benefició a seis empresas privadas, de muchas otras, que recurrieron a esta instancia para poder beneficiarse del negocio de la venta de electricidad en el país.

Además, abrió la puerta para que otros competidores del sector puedan entrar al mercado eléctrico, que se echen abajo las nuevas regulaciones que la Ley Eléctrica que buscaba armonizar la competencia, acabar con privilegios y asegurar la soberanía energética en el país.

Las empresas privadas beneficiadas con el amparo son Recursos Solares PV de México IV, BNB Villa Ahumada Solar, Engie Abril PV, Eólica Tres Mesas 4, Tractabel Energía de Pánuco y Tractabel Energía de Monterrey.

La Ley Eléctrica del presidente Obrador busca entre otras cosas, corregir fallos letales para la economía nacional de las anteriores reformas catalogadas como neoliberales, tales como recuperar el control de la empresa nacional para asegurar el suministro de energía eléctrica con carácter social, es decir apuntalar a la CFE socavada en gobiernos anteriores.

Acabar con la “regla de despacho eléctrico” que beneficiada a productores privados de “energía limpia”, los cuales no pagaban tarifas de transmisión y competían con la CFE con preferencia y con reglas a favor.

La tarifa de transmisión es el cargo para usar la red nacional mexicana de transmisión, es decir la CFE tenía que subsidiar a sus competidores quienes usaban su tendido eléctrico sin pagar un peso.

Negarse a la “subasta de precios”, que pone el costo de la  kilovatio-hora a capricho de las empresas y los contratos de autoabastecimiento a favor de privados, donde éstos evadían pagar lo justo en consumo de energía argumentando que ellos la auto producían, pero en realidad la vendían en el mercado y utilizaban la de CFE, además de meter a aliados a ese negocio irregular.

Durante el debate para conceder o no el amparo, los jueces a favor de las empresas emplearon artimañas leguleyas, unas legales y otras fuera de orden, para conseguir el fallo a favor como: excusarse uno de ellos dejando el voto empantanado.

Una vez empatado, el presidente de la sala recurrió al voto de calidad, donde la autoridad de mayor rango puede dar un voto decisivo en un empate, a pesar de que, como reprochó la ministra Jazmín Esquivel Mossa, dicha herramienta no se usa para decidir el fondo de un asunto y sólo se puede invocar con el acuerdo de todos los ministros, de acuerdo con el artículo 56 de la Ley de Amparo.

Lo que buscan los autores de este fallo es que el Estado mexicano tome el papel de mero supervisor en la generación y distribución del país, que vele por invertir en mejoras de infraestructura y no en que todos los mexicanos y mexicanas reciban electricidad accesible y en todos los rincones del país.

“Es decir, lo estratégico es que él (el Estado)  sea quien tome la dirección y adopte las decisiones fundamentales sobre los aspectos centrales que inciden y determinan tales áreas, tal como dirigir las condiciones para la modernización y expansión de la red eléctrica, y procurar en todo momento, la confiabilidad, calidad, continuidad, sostenibilidad y eficiencia del suministro del servicio’’, expuso en el ministro Alberto Pérez Dayán durante la revisión del amparo.

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