Olga Sánchez Cordero calificó el proyecto del ministro González Alcántara como un “pronunciamiento político y salomónico”, pero sin procedencia y sustento jurídico.
CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común).- La diputada Olga Sánchez Cordero calificó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá como un “pronunciamiento político y salomónico”, pero no como una propuesta con procedencia y sustento jurídico. Señaló que el proyecto omite un elemento fundamental de evaluar primero la procedencia jurídica del caso, lo cual no está establecido en el documento.
“Es la primera vez en mi vida y estoy sorprendida porque, por una parte, deja viva cierta parte de la reforma en relación con los ministros y el Tribunal de Disciplina para la desaparición del Consejo de la Judicatura, y por otra parte, invalida todo lo relativo a jueces y magistrados. ¿Es un proyecto salomónico, un proyecto político o qué? Pero seriamente jurídico y constitucional, yo no lo veo. Es salomónico, es político, pero sin atender a la procedencia”, dijo en entrevista con el medio Sin Embargo.
La también ministra en retiro agregó que si el dirigente del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, se refiere a un “Judas” que vote por declarar improcedente el proyecto del ministro González Alcántara, entonces se trataría, en todo caso, de un Judas con conocimiento de derecho, quien podría argumentar ante el pleno de la Corte que el proyecto carece de procedencia jurídica.
Sánchez Cordero también recordó que la Corte no puede impugnar una reforma constitucional desde 2013, cuando el Congreso de la Unión reformó la Ley de Amparo a raíz del llamado Pacto por México. De acuerdo con la diputada, estas modificaciones se hicieron para evitar impugnaciones a las reformas impulsadas por el entonces presidente Enrique Peña Nieto.
Finalmente, descartó que la presidenta Claudia Sheinbaum y el Poder Legislativo incurran en desacato al no atender una eventual resolución si es aprobada el próximo 5 de noviembre en el pleno de la Corte. “¿Cómo vamos a desacatar algo que ni siquiera es procedente? La reforma constitucional por parte del Constituyente Permanente no es susceptible de control judicial”, concluyó.