Desconoce INE reforma a los estatutos del PRI; Alito recurrirá al Tribunal Electoral

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Con siete votos a favor y cuatro en contra, el Consejo General del INE invalidó los cambios a los estatutos del PRI para que Alito se reelija en la dirigencia nacional, además de otros cargos de liderazgo

Fuente: INE

CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común).- El Instituto Nacional Electoral no avaló la reforma a los estatutos del PRI impulsada por Alejandro Moreno para que se mantuviera en el liderazgo nacional, la cual también ampliaba la reelección para la secretaría general y las dirigencias estatales.

Con siete votos a favor y cuatro en contra, el Consejo General resolvió en contra de la propuesta de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, sobre la imposibilidad del INE para pronunciarse al respecto de los cambios estatutarios.

La mayoría de los consejeros consideraron que las modificaciones a los documentos básicos del PRI no se llevaron a cabo en los tiempos legales, por lo tanto, no fueron avaladas por el Instituto.

Inmediatamente después del voto, el ahora en vilo, ex dirigente nacional, Alito Moreno, anunció que recurrirá al último escalafón electoral: el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

La consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei consideró que el INE debía pronunciarse al respecto con una interpretación que garantice los derechos de autoorganización y autodeterminación del partido.

No obstante, a su parecer, el PRI modificó sus documentos básicos cuando ya habían concluido las etapas de preparación y Jornada Electoral, por tanto, no incumplieron los bienes jurídicos en cuestión, “ni se afectaron los actos sustanciales del proceso electoral y en todo momento existió certeza”.

Por su parte, el consejero Jorge Montaño Ventura, recordó que esta discusión todavía se ventila en el órgano intrapartidista y por lo que se debería respetar la autoorganización de los partidos políticos, tal y como apunta el Proyecto presentado.

Pero no pronunciarse como garante electoral podría ir dejar a la parte quejosa vulnerada, por lo que votó en contra.

En contraposición, otros consejeros como Uuc-kib Espadas, afirmaron que las reformas del grupo de Moreno Cárdenas se hicieron fuera de los tiempos legales en que están permitidas y, por tanto, no puede ser tenidas por válidas por el Instituto.

“La militancia no tiene tiempo, ni espacio durante el proceso electoral, para concentrarse en un debate tan importante como la discusión de sus documentos fundamentales. Es en tal sentido que, me parece a mí que, aceptar que se hagan, bajo las condiciones que se quieran, reformas durante procesos electorales, soslaya el pleno ejercicio de derechos partidistas de la militancia”, concluyó.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró, por mayoría de votos, la imposibilidad de pronunciarse sobre la verificación al cumplimiento del procedimiento estatutario y la procedencia constitucional y legal de las modificaciones presentadas a los Estatutos y la Declaración de Principios y expedición del Programa de Acción del Partido Revolucionario Institucional (PRI), aprobadas durante la XXIV Asamblea Nacional Ordinaria, celebrada el 7 de julio de 2024.

Lo anterior, en virtud del incumplimiento a lo estipulado en el artículo 34, párrafo 2, inciso a), de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), que establece que la modificación de los documentos básicos de los partidos políticos no podrá hacerse una vez iniciado el proceso electoral.

Taddei aclaró que la resolución aprobada no emite un pronunciamiento respecto a la elección de la dirigencia nacional de la Presidencia y Secretaría Ejecutiva del Comité Ejecutivo Nacional del PRI, ya que la Ley General de Partidos Políticos establece que una vez que la militancia agote los medios partidistas de defensa, estará en posibilidad de acudir ante la instancia jurisdiccional electoral competente.

En sesión extraordinaria, la Consejera Electoral y presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, Dania Ravel Cuevas, explicó que el referido artículo “dispone expresamente que son asuntos internos de los partidos políticos la elaboración y modificación de sus documentos básicos, los cuales en ningún caso se podrán hacer una vez iniciado el proceso electoral”.

No obstante, abundó, el PRI celebró su Asamblea Nacional Ordinaria cuando aún no concluía el Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024, inobservando así dicha disposición legal. Por lo anterior, la Resolución concluye que existe una imposibilidad de pronunciarse sobre la verificación al cumplimiento del procedimiento estatutario y la procedencia constitucional y legal de las modificaciones presentadas a los Estatutos y la Declaración de Principios y expedición del Programa de Acción del PRI.

Dania Ravel añadió que, si bien el PRI debía hacer modificaciones en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y paridad sustantiva en su Declaración de Principios y Programa de Acción, “esas modificaciones no obedecen a una cuestión extraordinaria; incluso, los tiempos para hacerlas ya se habían rebasado por mucho”.Dania Ravel añadió que, si bien el PRI debía hacer modificaciones en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y paridad sustantiva en su Declaración de Principios y Programa de Acción, “esas modificaciones no obedecen a una cuestión extraordinaria; incluso, los tiempos para hacerlas ya se habían rebasado por mucho”.

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