Carta abierta al notariado en México

Columnas Plebeyas

El pasado 23 de junio compartí en Twitter mis argumentos sobre la relevancia de los Notarios Públicos en la era digital.[1] Enfaticé que, aunque en el pasado su función tenía sentido, en la actualidad su necesidad es cuestionable.

Ignacio R. Morales Lechuga, notario público 116 de la Ciudad de México, decidió responder a mis ideas de manera detallada el 29 de junio. Ahora presento mi réplica. El formato es sencillo: inicio con mi posición inicial, expongo el argumento planteado por el ex procurador general de justicia del Distrito Federal, y concluyo con mi contrarréplica.

¿Qué son los notarios? Los notarios son particulares con fe pública. Esto es: los actos otorgados ante ellos se presumen legales. Ante ello, Morales Lechuga señaló que la delegación de tal facultad —la fe pública— es un caso de “descentralización por colaboración” y, por tanto, no es el notario quien otorga certeza, sino el Estado mismo a través de ellos. Remata señalando que ello le resta una carga administrativa y presupuestal al Estado. “Lo hace más eficiente”, dijo.

El exprocurador explica —con una construcción jurídica pomposa— la naturaleza de la fe notarial y cómo el Estado la cede a los particulares. Tal aclaración no sustenta por qué la figura es valiosa o indispensable en la era digital. No esclarece nada.

Si consideramos que la eficiencia y la reducción de cargas administrativas y presupuestales son aspectos valiosos para el funcionamiento estatal, entonces debemos trabajar constantemente en su mejora y en minimizar los costos asociados. Hoy en día, existen alternativas más eficientes y menos costosas que la función notarial tradicional. En un contexto donde podemos obtener los mismos resultados con menos burocracia y un menor costo, es legitimo cuestionar la pertinencia de mantener la función notarial tal como la conocemos. ¿O acaso el centro de la defensa de Morales Lechuga no es la naturaleza de la fe notarial sino la oportunidad de servirse de ella?

Pensemos en servicios notariales simples —por no decir absurdos— como la emisión de copias certificadas, ratificaciones de firmas o validaciones de fecha cierta. En tales servicios, la función notarial se reduce a certificar que una copia es igual a un original, a señalar que una persona firmó tal o cual documento o a verificar que un acto jurídico ha sido celebrado en cierta fecha. Para ello, y así sucede en otros países del mundo, no se necesita ninguna educación o conocimiento especial. Además, con la llegada de las firmas electrónicas, la prestación de tales servicios por una exclusiva minoría sofisticada resulta por demás anacrónico, un lastre.

¿Cómo se obtiene una patente notarial? Mi explicación inicial dejó ver que, para ser notario, se necesita ser abogado y —en la mayoría de los casos, casi en todos, para ser sincero— tener muy buenos amigos. En su momento también aclaré que, en ciertos casos, se requiere aprobar un examen de oposición. Ante ello, quien fuera rector de la Escuela Libre de Derecho, resaltó que para ser notario en la CDMX se deben aprobar dos exámenes reconocidos por su alta dificultad y riguroso proceso de selección.

Es cierto. Desde 1946, en la CDMX se implementan complejos procesos de selección para obtener la patente notarial. Sin embargo, esto no ocurre de la misma manera en otras entidades del país, donde la asignación de patentes notariales suele basarse en relaciones personales más que en méritos. Esta falacia —la de falsa generalización— la conoce bien Morales Lechuga. Ser notario en la mayor parte del territorio nacional no requiere de mucho talento; precisa tener buena cuna. Así lo ejemplifican familias enteras en cuyo seno se encuentran desde dos hasta cinco generaciones de notarios. El talento en la sangre, dirán ellos. Más ejemplos los encontramos en las Notarías de Aguascalientes obsequiadas por el entonces gobernador Luis Armando Reynoso o las de Morelos que han regalado tanto Graco Ramírez como Cuauhtémoc Blanco a sus más cercanos. Por mencionar unas cuantas. Aun cuando algunas disposiciones en el país prevén la necesidad de aprobar exámenes para ser ungido como fedatario, la mayoría de ellas incluyen facultades discrecionales para que los gobernadores designen quiénes fungirán como tales. Javier Duarte y Fidel Herrera decidiendo a quien habremos de otorgar credibilidad. El mundo al revés.

¿Para qué se necesita un notario? En un momento anterior, planteé —en un claro ejercicio retórico— que se necesita un notario pa´ todo: para comprar casa, otorgar testamento, constituir empresas, otorgar hipotecas, recibir herencias. Todo. Morales Lechuga descartó tal generalización.

De acuerdo, las notarías no se requieren literalmente para todo, pero sí lo suficiente para que en 2017 la autoridad de competencia, es decir, la COFECE, emitiera un comunicado de prensa señalando a los notarios como ganadores del “Premio para identificar el obstáculo regulatorio más absurdo para competir y emprender”. Aunque no en todos los casos precisemos a un notario, sí son necesarios en una cantidad significativa de actos que afectan la competitividad nacional y, sin utilizar retorica alguna, para algunos de los actos jurídicos más relevantes en la vida de una persona física.

En lugar de abordar directamente este argumento, el exprocurador se limitó a resaltar la calidad y seguridad que, se supone, los notarios brindan en los actos en los que intervienen. El argumento —además de ser irrelevante para el punto mencionado— es, nuevamente, una falsa generalización. Seamos honestos: rara vez los papeles pasan frente a los ojos del notario. Esa idea es una ficción, una muy conveniente.

¿Cuánto dinero ganan los notarios? Mucho. En realidad, muchísimo. Morales Lechuga contrargumenta basándose en dos puntos: en algunas funciones que ejercen en favor del gobierno como retener impuestos y en los gastos que debe afrontar, como empleados, papel y servicios públicos. Su argumento no logra desmentir la realidad. Ni poquito.

El notario utiliza una estrategia retórica. La estructura de su argumento parece sugerir que, dado que no obtiene personalmente 120 mil pesos por la celebración de una sola escritura, entonces la proporción que le corresponde es correcta, justa. Además, convenientemente omite otras variables cruciales, como el número total de escrituras que emite en un día y el valor de los actos involucrados en cada una de ellas.

Lo cierto aquí, variables más, variables menos, es que los notarios obtienen ganancias muy considerables en comparación con otros profesionales. Sobre todo, tomando en cuenta la poca complejidad o posible automatización de la mayoría de los servicios que brindan. Es un negociazo.

La actividad notarial como monopolio. El exembajador de México en Francia durante el gobierno de Salinas de Gortari argumenta que los notarios no pueden ser considerados un monopolio, ya que existen otros actores en el mercado que realizan actividades similares, como los corredores públicos. Peras con manzanas: los Corredores y los Notarios Públicos no actúan en el mismo mercado. Él lo sabe bien.

Además, niega categóricamente que los notarios puedan ser considerados como un agente económico. Para explicarlo, un poco de historia. En los años 90s, a raíz de una denuncia presentada por los Corredores Públicos del Distrito Federal, la Comisión Federal de Competencia determinó que los notarios sí eran agentes económicos y, por tanto, podían cometer prácticas monopólicas. El lío fue que aquella resolución fue impugnada y llegó a la Corte, donde curiosamente algunos ministros habían ejercido como notarios. ¡Vaya talento con el que nace esta gente!

De manera sorprendente, los ministros de la SCJN equipararon el criterio “agente económico” —es decir, aquel sujeto que participa de cualquier forma en una actividad económica— con el de “comerciante” para negarles a los notarios la primera calidad. Este razonamiento, basado en argumentos ridículos, plantea una confusión conceptual que no se ajusta a la realidad de la actividad notarial.

El exprocurador refuerza su argumento destacando que en México existen más de 6 mil notarios que no pueden competir ni anularse entre sí debido a la regulación establecida por un arancel. Es precisamente este arancel, es decir, el precio fijo establecido por el Estado para los servicios notariales, lo que limita la competencia entre ellos. Además, la autoridad en materia de competencia ha sugerido eliminar el límite numérico de notarios y sus restricciones geográficas, lo cual abriría la posibilidad de una mayor competencia en el sector. Seamos sinceros: el notariado constituye un monopolio y un obstáculo para la actividad productiva. Empecemos por aceptarlo.

Los notarios como autoridad. Originalmente critiqué que, aunque los notarios desempeñan una función auxiliar del gobierno, no son considerados funcionarios públicos y no están sujetos a supervisión ni rendición de cuentas como tales.

En respuesta a ello, Morales Lechuga citó el artículo 222 de la Ley del Notariado de la CDMX que permite a las autoridades, es decir, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, realizar visitas de inspección a las notarías. Sin embargo, lo que el ex procurador omite convenientemente mencionar es que, según esta misma ley, el Colegio de Notarios —o sea, sus propios colegas— son quienes colaboran con la autoridad competente en la supervisión del ejercicio de la función notarial. Vaya vigilancia.

El punto que planteo es claro: los Notarios Públicos deberían estar sujetos a los mismos controles y responsabilidad que un funcionario público. Los mismos. Eso incluye obligaciones de transparencia, presentación de declaraciones patrimoniales y una amplia gama de obligaciones en materia de rendición de cuentas. Además, los actos otorgados por los Notarios Públicos deberían ser considerados actos de autoridad para efectos de amparo, brindando a los ciudadanos mayor protección legal.

Los notarios y la corrupción. Frente a mi afirmación sobre la implicación de algunos notarios en la comisión de delitos, el exembajador contraargumenta destacando la falacia de falsa generalización en la que he incurrido. Morales Lechuga habrá de reconocer que tal falacia implica la invalidez de mi argumento, no así de mi conclusión.

Si en el ejercicio de alguna profesión habremos de ser estrictos y generalizar en los criterios éticos requeridos para ejercitarla, es en esta. El incumplimiento ético de un solo profesional afecta la confianza en toda la profesión. Máxime cuando su palabra ha de ser considerada verdad legal.

Voy terminando. Las críticas aquí vertidas derivan de un examen honesto y genuino de los resultados obtenidos y engendrados a lo largo de todos estos años por los operadores de la función notarial. Resaltan algunas de las fallas de los notarios, de su estructura y funcionamiento. La importancia de mencionarlas es directamente proporcional al impacto del encargo que les ha sido encomendado. Vamos distinguiendo entonces. Vamos distinguiendo al mensaje y al emisario. Vamos avanzando conservando lo que funciona y descartando lo que no.

Al día de hoy, el incremento de las obligaciones de los notarios no ha logrado alinearse con la forma en que las nuevas tecnologías van demostrando su obsolescencia. Las plataformas electrónicas que promueven la transparencia y eliminan los errores y las malas intenciones humanas, podrían agilizar de manera más eficiente las labores de recaudación, prevención del lavado de dinero y fiscalización por parte del gobierno.

Así, la revolución requerida para la función notarial no pasa solo por incrementar los estándares éticos de los señores, reducir sus honorarios, ampliar su cobertura o estandarizar su proceso de designación. La solución requerida no podría consistir en reemplazar una burocracia dorada por otra como asume Ignacio Morales Lechuga. El cambio de fondo habría de plantear la eliminación de espacios manipulables. La idea debería centrarse en las soluciones tecnológicas que no teníamos enfrente al idear al gremio: soluciones de automatización de las funciones notariales y de otras funciones administrativas, sistemas de certificación y de registros públicos. Un sistema en cadena para emitir, validar y registrar los actos fundamentales para el ejercicio de los derechos básicos de millones de ciudadanos.

Si, como afirman, lo que protegen los notarios es el Estado de Derecho y la certeza jurídica de los gobernados, habrán de sumarse gustosos al esfuerzo. 


[1] https://twitter.com/vannessarr/status/1672386807974207489

Compartir:
Cerrar