Acusan arbitrariedad de los magistrados que resolvieron en contra de AMLO

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Los magistrados de la Sala Regional Especializada del TEPJF declararon imparcialidad, sin importar que dicha medida restringe el derecho de la ciudadanía a la información.

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CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común).- La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) señaló que hay magistrados de la Sala Especializada del TEPJF que atentan contra el sistema de vida democrático de nuestro país. Afirmaron que usan su cargo para restringir al presidente Andrés Manuel López Obrador en el ejercicio del derecho a la libre manifestación de las ideas, a la información y a la libertad de prensa.

Por medio de un comunicado de la consejería presidencial, acusaron que los magistrados afines a grupos opositores declararon una presunta violación al principio de imparcialidad en la contienda electoral atribuida al presidente López Obrador. Además, cuestionaron la rapidez con la que se analizó, discutió y emitió la resolución de las 19 quejas sobre 36 conferencias de prensa matutinas.

De forma sorprendente, en unas cuantas horas, los magistrados analizaron, proyectaron, discutieron y hasta emitieron votos concurrentes sobre las expresiones vertidas en 36 conferencias matutinas por el presidente de los Estados Unidos Mexicanos durante 2023, las cuales fueron descontextualizadas”.

Asimismo, acusaron que los magistrados Luis Espíndola Morales, Rubén Lara Patrón y Mónica Lozano Ayala resolvieron un procedimiento caducado y, de manera arbitraria, violaron el derecho humano a la información.

De acuerdo con este comunicado, los magistrados presentaron argumentos baladíes y tergiversaron las declaraciones del presidente, además de “convertirse en adivinos de la voluntad del jefe del Ejecutivo”. Por el contrario, la consejería federal desmintió que López Obrador se haya pronunciado a favor o en contra de algún partido político o candidato en las conferencias señaladas.

Se recordó que en 2012, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que las expresiones de Felipe Calderón, entonces presidente de la República, a favor de la candidata presidencial Josefina Vázquez Mota no implicaron llamados expresos al voto. Aunque en su momento sí se hizo mención expresa y la calificó como “la mejor opción electoral”.

“Ahora resuelven que las expresiones de Andrés Manuel López Obrador, a pesar de que nunca se refirieron a candidato(a) alguno(a) de su partido, sí son violatorias del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. ¿Qué les hace cambiar de opinión? Tal vez, el hecho de que estén en contra de la política humanista del presidente, con la cual no concuerdan. Pero eso solo es subjetividad e ideología en la que supuestamente no deben basarse quienes deben actuar con independencia e imparcialidad al juzgar. ¿Acaso defienden sus intereses personales? Que el pueblo lo decida”.- Se lee en el comunicado.

Finalmente, mediante un recurso de revisión, la Consejería Jurídica Federal se manifestó a la espera de que la Sala Superior del TEPJF revoque la sentencia de los magistrados de la Sala Regional Especializada.

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