Juzgadores que se autodescartaron de las elecciones podrán participar: Senado

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El Pleno del Senado acordó que podrán participar en las elecciones los juzgadores que renunciaron a su pase directo y han cambiado de opinión

Fuente: Senado de la República

CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común).- El Pleno del Senado de la República, acordó garantizar la participación de los juzgadores que se autodescartaron de las elecciones o que se vieron impedidos por diversas razones, para que puedan sumarse en los comicios judiciales del próximo año.

El presidente de la Mesa Directiva, Gerardo Fernández Noroña, explicó que en esencia este acuerdo pretende que las personas juzgadoras que decidieron no participar en el proceso o renunciaron a su pase directo y han cambiado de opinión, se les autorice participar en la elección.

Este acuerdo incluye a las personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación que se encuentran sin adscripción, adscritas interinamente o en funciones como jueces o magistrados, casos especiales de vulnerabilidad; así como los que se encuentran en diversos escenarios.

En su parte resolutiva, el documento detalla que el Senado de la República determina que las personas juzgadoras, con independencia de que carezcan de adscripción, adscritas interinamente, sin titularidad de plaza o encargadas de despacho que estén en funciones de juezas o jueces, magistradas o magistrados; en algún juzgado de distrito o Tribunal Colegiado de Circuito y en los tribunales de apelación de Circuito, cuyas plazas hayan sido insaculadas y así lo solicitaron, serán incorporadas al listado de candidaturas por pase directo para participar en el proceso electoral extraordinario 2024-2025.

Menciona que la manifestación de la persona juzgadora de ser incorporada a la boleta deberá ser remitida, a más tardar el 4 de enero de 2025 ante este órgano legislativo.

Agrega que aquellos casos que se recibieron hasta la publicación de este acuerdo, en los que las personas titulares de los cargos que fueron seleccionados en el proceso de insaculación, realizado por esta Cámara el 12 de octubre de 2024, y que hayan demostrado la existencia de circunstancias especiales de salud o de fuerza mayor ante el Senado de la República, se podría adjudicar una vacante no insaculada.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) o, en su caso, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinará la viabilidad de adjudicar una vacante no insaculada a fin de diferir la elección del cargo en el cual se desempeñan bajo distintas modalidades, para llevarse a cabo en el proceso electoral ordinario de 2027, subraya.

“En lo que respecta a las personas juzgadoras que han manifestado su intención de cambiar de concurso de elección del año 2025, al 2027, así como los que buscan adelantar su proceso del año 2027 al 2025, deberán sujetarse al proceso de insaculación que se realizó en el Senado, el 12 de octubre de 2024”, detalla el acuerdo.

Además, se indica que en relación con los listados de personas juzgadoras remitidos por el CJF que ante esa instancia hayan declinado o en su caso se hayan desistido de su declinación, dichas personas deberán ratificar su decisión ante el Senado de la República.

Esta ratificación, aclara el documento, será requisito indispensable para su incorporación a los listados correspondientes del proceso electoral extraordinario 2024-2025, garantizando así, certeza y transparencia en el proceso de selección.

También menciona que para quienes manifestaron su intención de participar por un distrito, circuito o cargo diverso será exigible la ratificación en los mismos términos establecidos en los párrafos anteriores.

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