La reforma sobre inimpugnabilidad constitucional entra en vigor, luego que fuera publicada en el DOF, aprobada por 23 congresos locales y ambas cámaras del Congreso
CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común).- La reforma en materia de inimpugnabilidad o ‘supremacía constitucional’ ha sido añadida oficialmente a nuestra Carta Magna, luego que fuera publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Luego de su aprobación en 23 congresos locales del país, ambas Cámaras del Congreso de la Unión, Diputados y Senado emitieron la declaratoria de reforma constitucional y ordenaron su publicación en el Diario Oficial.
Es su edición vespertina del día de ayer, el DOF publicó el decreto por el que se reforman los artículos 105 y 107 de la Constitución Política, en cuanto al blindaje a las adiciones o reformas a la Carta Magna.
En el documento se establece que son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución.
Además, se señala que las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas.
Se agrega que, tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normar generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales, por lo que no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución.
“En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 31 de octubre de 2024.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lic. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación.- Rúbrica”, publicó el DOF.
“El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el presente Decreto”, agrega el documento.
Respecto a su proceso legislativo, luego de que el senador Adán Augusto López Hernández presentara la iniciativa, el 25 de octubre el dictamen fue avalado por el Pleno del Senado de la República; mientras que, en la Cámara de Diputados, el decreto se aprobó el 30 del mismo mes, con turno a las legislaturas locales.
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