SCJN mantiene condena a Lozoya por daño moral contra Lourdes Mendoza - Sentido Común
El máximo tribunal desechó los recursos de ambas partes y dejó firme la sentencia de mayo de 2022 que ordena al exdirector de Pemex indemnizar a la periodista por haberla señalado en la trama de sobornos del caso Odebrecht.
04/03/2026
Redacción | Nacional
CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió no admitir los recursos promovidos tanto por Lourdes Mendoza Peñaloza como por Emilio Lozoya Austin. Con esa determinación, el Pleno mantuvo vigente la resolución que obliga al exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex) a pagar una indemnización por daño moral a la periodista.
El fallo que queda en pie fue dictado en mayo de 2022 por un Tribunal Colegiado. La controversia se originó cuando el nombre de Mendoza apareció en una cadena de presuntos sobornos asociada al caso Odebrecht, tras una filtración ocurrida en agosto de 2020 sobre la denuncia que Lozoya presentó ante la Fiscalía General de la República (FGR) por una presunta red de corrupción.
En ese contexto, el texto refiere que Lozoya enfrenta un proceso bajo prisión domiciliaria por el caso Odebrecht y por la compra a sobreprecio de la planta de fertilizantes Agro Nitrogenados.
La periodista ha negado esas imputaciones. En enero de 2026, declaró que se le acusó de recibir presuntos sobornos —entre ellos una bolsa de lujo— y sostuvo que esa versión es “falsa, absolutamente falsa”.
Tras la resolución de la Corte, Mendoza celebró la decisión en redes sociales y escribió que “la justicia a veces tarda, pero llega”.