SCJN fija criterio para evitar revictimización en casos de abuso sexual contra menores - Sentido Común
La resolución de la Corte sostiene que prácticas como careos y nuevas comparecencias pueden dañar a víctimas menores en procesos por abuso sexual.
11/02/2026
Redacción | Nacional
CIUDAD DE MÉXICO (Sentido Común).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que, en procesos penales por abuso sexual, niñas, niños y adolescentes no pueden ser revictimizados mediante prácticas como el careo con sus presuntos agresores o la exigencia de rendir doble testimonio. El criterio se fijó al negar un amparo promovido por un padre de familia condenado a 13 años de prisión.
El asunto llegó al Pleno después de que un Tribunal Colegiado concediera amparo al sentenciado. Según explicó el ministro Arístides Guerrero García, al acusado se le atribuyeron delitos sexuales contra dos hijos menores de edad y, tras la condena, promovió un juicio de amparo directo. El Tribunal Colegiado consideró entonces que se había afectado su derecho a ofrecer pruebas para su defensa y, por esa razón, ordenó que se tomaran nuevamente ante un juez las declaraciones de las víctimas.
Para la SCJN, esa orden implicaba un riesgo de revictimización. En el debate, la ministra Loretta Ortiz Ahlf sostuvo que estos casos exigen un deber de protección reforzado por parte de todas las autoridades penales que intervienen en el procedimiento.
Con esta resolución, la Corte devolvió el expediente al Tribunal Colegiado y le instruyó resolver el caso colocando por delante el interés superior de las infancias, es decir, la obligación de que cualquier decisión priorice su protección y bienestar.
Imagen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en X